Política de Protección Infantil

Work for Social

Work for Social es una entidad intermediaria pro bono. Su objetivo es promover la práctica del pro bono (voluntariado profesional) como una herramienta para el cambio social, con múltiples impactos: fortalecimiento de entidades sociales, sensibilización social, empoderamiento para una sociedad más comprometida, desarrollo de habilidades profesionales en todas las partes involucradas, entre otros.


1. Introducción

Esta política describe el compromiso de la organización con la protección infantil, garantizando la seguridad y el bienestar de los niños en todas las actividades realizadas por la organización. Proporciona un marco claro para prevenir daños y responder a preocupaciones sobre el bienestar infantil.


2. Alcance

Esta PPI se aplica a todos los empleados, voluntarios, practicantes y terceros asociados con la organización, incluidos subcontratistas y colaboradores externos.


3. Definiciones

  • Niño/a: Cualquier persona menor de 18 años, según lo definido por la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño (UNCRC).
  • Abuso: Cualquier acción que dañe o ponga en riesgo la salud física, emocional o psicológica de un niño, incluyendo abuso físico, abuso sexual, negligencia y explotación.
  • Personal: Incluye a todos los empleados, voluntarios, practicantes y colaboradores externos que trabajan con la organización.

4. Compromisos de Protección

Nos comprometemos a:

  • Implementar rigurosos procedimientos de reclutamiento y selección para garantizar la seguridad infantil.
  • Capacitar a todo el personal sobre los estándares de protección infantil y sus responsabilidades bajo esta política.
  • Establecer y mantener códigos de conducta claros para trabajar con niños.

5. Procedimientos de Reclutamiento Seguro

Para garantizar la seguridad infantil, se implementarán estrictamente los siguientes pasos durante el reclutamiento:

  • Verificaciones de Antecedentes:
    • Todo el personal deberá presentar un certificado de antecedentes penales limpio.
    • Se requerirán referencias de empleadores o supervisores previos, especialmente si el rol implica trabajar con niños.
  • Entrevistas:
    • Se incluirán preguntas específicas relacionadas con la protección infantil para evaluar actitudes y comprensión.
  • Declaración de Compromiso:
    • Todo el personal deberá firmar un compromiso escrito de adherirse a la PPI y al código de conducta.

6. Protección de Datos y Consentimiento Informado

Para cumplir con el RGPD y garantizar prácticas éticas:

  • Consentimiento Informado:
    • Antes de recolectar datos, obtener imágenes o realizar entrevistas con niños, se deberá obtener un consentimiento explícito de los padres o tutores legales.
    • Los niños, cuando sea apropiado, también deben otorgar su asentimiento.
  • Manejo de Datos:
    • La información personal será almacenada de manera segura y solo el personal autorizado tendrá acceso.
    • Las imágenes o videos de niños no se usarán públicamente sin consentimiento previo y no deben incluir detalles que los identifiquen.
  • Transparencia:
    • Todas las familias involucradas con la organización serán informadas sobre cómo se usarán los datos y sus derechos para acceder o eliminar información.

7. Código de Conducta

El personal debe:

  • Tratar a los niños con respeto y dignidad.
  • Evitar comportamientos que puedan interpretarse como abusivos, incluyendo:
    • Usar lenguaje inapropiado o degradante.
    • Contacto físico innecesario o inapropiado.
    • Comunicación o interacción no autorizada fuera del contexto profesional.
  • Reportar inmediatamente cualquier sospecha de abuso o incumplimiento del código.

Específicamente, al trabajar con niños:

  • Nunca estar a solas con un niño en un espacio cerrado sin supervisión.
  • No realizar tareas que impliquen contacto físico a menos que sea absolutamente necesario y con consentimiento.
  • No entablar relaciones personales con menores.

8. Legislaciones Relevantes

La organización se compromete a cumplir con:

  • Legislación nacional relacionada con la protección infantil en cada país de operación.
  • Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño (UNCRC).
  • Recomendaciones del Consejo de Europa sobre la protección infantil.

9. Procedimientos para Reportar y Gestionar Preocupaciones

  • Responsable de Protección Infantil (RPI):
    • Un RPI designado supervisará la implementación de la PPI y gestionará los reportes de abuso.
  • Protocolo de Reporte:
    • Cualquier sospecha o denuncia debe ser reportada al RPI de inmediato utilizando un formulario estándar.
  • Gestión de Incidentes:
    • Se tomarán medidas disciplinarias internas contra el personal que incumpla las reglas de protección infantil.
    • Los casos externos se remitirán a las autoridades legales competentes.

10. Colaboradores Externos y Subcontratistas

  • Adhesión a la PPI:
    • Todos los colaboradores externos, como fotógrafos o consultores, deben aceptar seguir la PPI de la organización.
  • Supervisión:
    • Las actividades que involucren a niños deben ser supervisadas por el personal de la organización para garantizar el cumplimiento de las prácticas de protección.

11. Servicios de Cuidado Infantil Durante Actividades de la Organización

  • Disponibilidad:
    • Se proporcionarán servicios de cuidado infantil para garantizar que los padres puedan participar en las actividades de la organización sin preocupaciones.
  • Estándares de Seguridad:
    • Los cuidadores serán rigurosamente seleccionados, capacitados en protección infantil y supervisados en todo momento.
    • Las instalaciones serán seguras, aptas para niños y cumplirán con las regulaciones de salud y seguridad.

12. Capacitación y Sensibilización

  • Capacitación Inicial:
    • Todo el personal recibirá una sesión de capacitación introductoria sobre esta PPI durante su incorporación.
  • Capacitación Continua:
    • Sesiones de actualización anuales cubrirán las actualizaciones de la PPI y otros temas relevantes de protección infantil.
  • Materiales de Sensibilización:
    • Resúmenes de la PPI se distribuirán y se mostrarán de manera destacada en los lugares de trabajo y en el sitio web de la organización.

13. Revisión y Revisión

  • Frecuencia:
    • La PPI se revisará cada dos años o según sea necesario.
  • Documentación:
    • Cada versión de la PPI incluirá la fecha de adopción y el historial de revisiones.

14. Compromiso y Disponibilidad

  • Aprobación:
    • Esta política está firmada por los directores de la organización, demostrando su compromiso con su implementación.
  • Accesibilidad:
    • La PPI estará disponible en línea en el sitio web de la organización y en formato impreso bajo solicitud.

Firmado:
Andrea Sánchez Angulo, representante legal de Work for Social.

Pincha aquí para ver el documento firmado en español.